miércoles, 27 de enero de 2021

III. Las exigencias regulatorias

 La regulación en los servicios públicos debe considerar aspectos importantes, Según Miguel Solanes (1999) es importante contemplar los siguientes aspectos:

1.- El mercado y el derecho privado

El contexto en que opera la regulación,  es el de los mercados y del derecho privado como estructura dominante. Es posible sugerir que la regulación se da en ámbitos en los que la base del sistema es de derecho privado y de mercados, y la regulación tiene por objeto dirimir situaciones en las que el mercado y el derecho no cuentan con elementos suficientes para solucionar conflictos

2. Los costos de transacción

Como la generación, implementación y en casos extremos, la ejecución forzada de contratos implica costos de negociación y acuerdos, es decir, costos de transacción, el derecho responde a estos  tratando de reducirlos a través de normas aplicables si alguna de las partes no las invalidan, las desconocen o las modifican.


3. Externalidades

Se dan ocasiones en que las actividades o negociaciones de una o ambas partes causan efectos negativos respecto de las partes que no han participado a las negociaciones sin embargo deben asumir algunos costos de dicha actividad. En estos casos las leyes deben establecer principios sobre el desempeño de actividades o el acontecimiento de eventos, cuya violación u ocurrencia resulta en la aplicación de normas preestablecidas destinadas a simplificar los procedimientos, y a compensar daños.


4.- Bienes públicos

Existen casos en que  no es posible excluir a nadie de disfrutar de ciertos bienes y además no es práctico. Puesto que el incrementos de usuarios no se traduce en incremento de costos, en estos casos el abastecimiento y financiamiento es decidido por instancias distintas al mercado.


5.- Limitaciones a la competencia

En el sistema de mercados existe la necesidad de tener competencia, pues desde el punto de económico, incrementa le eficiencia en la asignación de bienes y servicios, por otro lado; desde un punto de vista político, descentraliza el poder y previene limitaciones del poder de los consumidores. Cuando hay competencia perfecta cuando un número de firmas es suficientemente grande como para impedir que una sola firma concentre el mercado. Sin embargo, existen leyes con diferente alcance según los países, aplicables de oficio por el Estado. 

Al establecer las exigencias legales en relación a los servicios públicos hay algo que debe primar en el diseño de esta; la justicia social. 

Es pertinente hacer una reflexión respecto a la justicia social con que deben considerarse las exigencias regulatorias, lo cual nos lleva a la pregunta 

¿Que tipo de sociedad deseamos?

La respuesta seguramente incluye la palabras justicia, igualdad y equidad. Sin embargo, pareciera que en nuestro sistema económico esos conceptos no caben. Solimano (2000) planeta que un problema fundamental consiste en saber como se compatibiliza una economía de mercado con una equidad aceptable en la distribución de la riqueza. Lo mismo sucede en la regulación sobre los servicios públicos, la cuestión radica en encontrar el equilibrio entre ganancia de la empresa y accesibilidad y asequibilidad de los servicios públicos a toda la población. 

Estas reflexiones se abordarán en las últimas secciones de esta cadena de entradas. 


En la siguiente sección abordaremos el tema 

IV. Regulación en función del interés público:


Bibliografía:

Solanes, Miguel (1999). Servicios públicos y Regulación. Consecuencias legales de las fallas de mercado, Serie recursos naturales e Infraestructura, No. 2, Santiago de Chile, CEPAL. 

Solimano, Andrés (2000)."Diversas teorías de la justicia distributiva y la desigualdad social" en Andrés Solimano, Desigualdad social. Valores, crecimiento y el Estado. Lecturas del trimestre económico, México, Fondo de Cultura Económica, 90: 27-43.



II. Características económicas de los servicios públicos

Según Miguel Solanes (1999), las características económicas del los servicios públicos suelen ser las siguientes:

1.- Economías de escala y de alcance o Aglomeración

Básicamente, la justificación se encuentra en que existen actividades que a mayor producción tienen menor costo unitario y ciertos servicios son más baratos cuando son prestados por una misma empresa que cuando son dos o más quienes suministran el servicio. Ademas el concepto de economías de alcance explica por qué existe una tendencia a integrar otros servicios. 


Ejemplo: el servicio de agua potable es acompañado del saneamiento.

 

2.-Inversión fija no liquida

La realización de economías de escala requiere de grandes inversiones no liquidas en infraestructura y en gran cantidad. En este sentido, la inversión fija suele representar una parte considerable de los costos totales y significa que las empresas prestadoras del servicio público hacen uso intensivo del capital. 

Es importante destacar que la relación activos/ingresos no es la misma en todos los servicios públicos.

3.- Capacidad ociosa

Generalmente, la inversión fija en los servicios públicos apunta a satisfacer la máxima proyección de la demanda y sus incrementos previstos a lo largo del tiempo. Como algunos factores de producción son indivisibles, por razones técnicas, deben realizarse en un solo bloque o de una sola vez, en este sentido, la capacidad ociosa se puede considerar como un resultado de la diversidad de la demanda, por lo que los prestadores del servicio tratan de atraer esa demanda mediante incentivos a los consumidores.

4.- Limitaciones operativas

Ocurre cuando la posibilidad de competencia en la prestación de servicios está limitada por las condiciones del servicio mismo y por la capacidad receptiva del medio, el cual a menudo no ofrece suficiente espacio físico para albergar a varios proveedores.

Ejemplo: las zonas para la instalación de las cañerías y su tendido.

5.- Estructura de los mercados:

En algunos casos la estructura del sector es oligopólica, con limitadas oportunidades de competencia.

Ejemplo: el servicio de agua potable y saneamiento.

6.- Consecuencias legales:

Por las características hasta acá descritas, la entrada de los servicios públicos al mercado esta sujeta a control público y regulación, mediante mecanismos que facilitan las quejas de los usuarios y controles diseñados para limitar el poder social, económico y político de las empresas prestadoras de servicios públicos. 

Ahora que sabemos cuales son las características que tienen los servicios públicos podemos abordar qué componentes deben incluir las exigencias regulatorias de los servicios públicos. En el siguiente enlace encontraras la sección: 

III. Exigencias regulatorias de los servicios públicos:

https://blogmariaeduardoiee.blogspot.com/2021/01/iii-las-exigencias-regulatorias.html


Bibliografía :

Solanes, Mugel (1999). Servicios públicos y Regulación. Consecuencias legales de las fallas de mercado, Serie recursos naturales e Infraestructura, No. 2, Santiago de Chile, CEPAL. 

I. ¿Cual es la importancia que tienen los servicios públicos en la sociedades modernas?

 


Fuente: Ethos, Laboratorio de Políticas Públicas. 


¿Alguna vez nos hemos quedado sin servicio de recolección de basura?

¿Alguna vez ha faltado el suministro de agua en nuestros hogares?

¿En qué medida nuestras actividades cotidianas fueron afectadas por estas situaciones?

¿ Con qué frecuencia padecemos de esto?

Todas estas preguntas pretenden situarnos en la reflexión sobre la importancia que revisten los servicios públicos en nuestras actividades cotidianas. Sin duda en algún momento hemos vivido por lo menos una de estas cosas. La experiencia puede variar según vivamos en un barrio céntrico o en la periferia de alguna ciudad. También es diferenciada la forma en que se gestionan las soluciones, a veces quienes más necesitan son quienes más demoran en obtener una respuesta por parte de las instancias responsables de proveer el servicio. Sin embargo, hay una cosa que es común a unos y otros y de lo cual no podemos desligarnos; los servicios públicos desempeñan una función estructural. Los sistemas existentes de organización de la producción como de radicación de la población no existirían sin la provisión de estos a escala masiva. 

Es importante reconocer las características que los distinguen:

  • Son actividades en las que no siempre hay competencia y normalmente están sujetas a regulación gubernamental para proteger el interés público;
  • Algunos servicios como el agua y alcantarillado dadas las características que requiere su distribución, parecen funcionar mejor como monopolitos;
  • La regulación de estos servicios proviene del interés público y se traduce en control de tarifas
  • A menudo hay conflicto de interés público y privado, surgido del conflicto entre el interés de una empresa proveedora y el interés que se debe guardar para los usuarios;
Ante estas condiciones ha surgido la necesidad de establecer mecanismos de regulación que de alguna manera equilibren el constante conflicto entre empresa e interés público. Sin embargo, lo que nosotros llamamos regulación no es ni debe ser estática sino que debe ajustarse a la variación de circunstancias y necesidades. 

Para dar continuidad a este tema en la siguiente sección se abordan algunas de las características económicas de la regulación de los servicios públicos. 

II. Características económicas de los servicios públicos:  https://blogmariaeduardoiee.blogspot.com/2021/01/caracteristicas-economicas-de-los.html

Bibliografía:

Solanes, Mugel (1999). Servicios públicos y Regulación. Consecuencias legales de las fallas de mercado, Serie recursos naturales e Infraestructura, No. 2, Santiago de Chile, CEPAL. 

Los órganos públicos descentralizados municipales: El caso de la provisión de agua potable en el municipio de Tlalnepantla, Estado de México (1).

Como mencionamos en la entrada anterior la provisión de servicios públicos municipales puede suceder por tres vías: por instituciones de derecho público, por instituciones de derecho social, y por instituciones de derecho privado.

Para el caso del suministro a través de instituciones de derecho privado tenemos a los órganos públicos descentralizados municipales. El objetivo de esta entrada será analizar en qué consisten, cómo se diferencian algunas otras formas de gestión, y mostrar un caso práctico de provisión por esta vía para un municipio del Estado de México. 

Fernández (2002) define al órgano público descentralizado como "una persona jurídica de derecho público con el deliberado propósito de encomendarle la prestación de una actividad atribuida a la administración municipal" (Fernández, 2002, p.163). Son cuatro sus principales características (Fernández, 2002): 

  1. Autonomía jurídica: Disfruta de personalidad jurídica propia.
  2. Autonomía financiera: Tiene patrimonio propio.
  3. Autonomía técnica: Posee un ordenamiento técnico propio.
  4. Autonomía de gestión: Ejecuta cualesquiera trámites para alcanzar su cometido.
Su principal característica radica en su relación de tutela con la administración pública municipal, donde esta última ejerce control y vigilancia sobre el ente descentralizado.

Ahora bien ¿cómo se diferencia de otras formas de gestión pública de provisión de servicios municipales? Al respecto Fernández (2002) nos comenta que: 

"la desconcentración administrativa se diferencia de la descentralización administrativa por servicio en que en la primera se da una delegación o transferencia de facultades entre dos órganos de un mismo ente o persona, en tanto que en la descentralización por servicio la delegación o transferencia de facultades se registra entre dos personas diferentes[...]; además la relación entre los órganos es de jerarquía en la desconcentración, y de tutela en la descentralización." (Fernández, 2002, p.164).

A diferencia de la administración municipal centralizada, la provisión del servicio en los órganos públicos descentralizados es a través de un ente independiente con personalidad jurídica propia (más el resto de los atributos que acabamos de mencionar); mientras que en la primera la dirección y operación del servicio se da en su totalidad al interior de la administración municipal.

Una primera observación al respecto de los órganos públicos descentralizados es que poseen características sumamente interesantes, que los facultan para ejecutar de manera eficiente las funciones encomendadas (por lo menos en la teoría). En la siguiente entrada veremos el caso práctico del municipio de Tlalnepantla, Estado de México; te dejamos el siguiente video para que profundices sobre el tema (minutos 1:30 a 3:00). 

Refencias:

Fernández, J. (2002). Servicios públicos municipales. México. INAP UNAM.

       ADN Opinión. (2018, 01 de Mayo). Desconcentración y descentralización administrativa. [Video]. https://www.youtube.com/watch?v=o5nIfTn_bt8

La terciarización de los servicios públicos municipales (2)

La pasada entrada analizamos qué es la terciarización de servicios públicos municipales y algunos datos sobre esta práctica para México. Aho...