lunes, 1 de febrero de 2021

La terciarización de los servicios públicos municipales (1)

 A lo largo de este blog hemos hablado sobre qué son los servicios públicos municipales, sus distintas formas de gestión y algunos casos concretos para México.

Como vimos la provisión de estos servicios puede darse a través de entes públicos, privados o sociales. Dicho lo anterior en esta entrada y la siguiente analizaremos cómo pueden proveerse de forma privada, bajo una modalidad específica: la terciarización.

Continuando con el texto de Fernández (2002), la terciarización de servicios públicos se da a través de la figura de la concesión o la locación. Por concesión debemos entender "una operación por la cual un particular se encarga, a sus gastos riesgos y peligros, del funcionamiento de un servicio público y, en su caso, de la ejecución de obras públicas, gracias a la transmisión temporal de derechos del poder público, de manera reglamentaria, y merced a una remuneración prevista contractualmente" (Fernández, 2002, p. 171); por otra parte la locación consiste en "un sistema por cuya virtud la administración pública 'locataria' encarga a un particular 'locador', por un tiempo determinado y mediante la remuneración convenida de antemano, la prestación de un servicio público gratuito u oneroso, por lo general ya organizado." (Fernández, 2002, p. 172)

Los factores que explican la terciarización de servicios son variados, pero sobre todo se recurre a estos mecanismos en virtud del ahorro de recursos que representa; para el caso de México se tiene documentado que esta práctica comenzó a ganar popularidad desde el año 2011 (Ortiz, 2011). De acuerdo con esta misma fuente, los ahorros por "terciarizar" servicios representaban para los estados entre 10 y 40 % de gastos gubernamentales (ibidem); son los municipios grandes y urbanos quienes para el caso de nuestro país recurren más a este mecanismo de provisión.

No obstante, para algunos expertos en la materia dicha práctica se aleja de la esencia del servicio público, pues se subcontratan servicios que deberían ser labores propias del gobierno (Jiménez, 2021). Cabe aclarar que no debe confundirse esta práctica con la terciarización de nómina o de empleados, es decir que los funcionarios de una administración pública (federal, estatal o municipal) estén contratados por un tercero.

En la siguiente entrada revisaremos los factores que inciden en la externalización de servicios públicos municipales, con evidencia empírica para España.

Referencias:

Fernández, J. (2002). Servicios públicos municipales. México. INAP UNAM.

Jiménez, N. (2021, 7 de enero). Desde 2012 gobiernos estatales y municipales contratan 'outsourcing': experto. La jornada. https://www.jornada.com.mx/notas/2021/01/07/politica/desde-2012-gobiernos-estatales-y-municipales-contratan-outsourcing-experto/ 

Ortiz, F. (2011, 1 de noviembre). Crece outsourcing en sector público. Alcaldes de México. https://www.alcaldesdemexico.com/expediente-abierto/crece-outsourcing-en-sector-publico/

X. Reflexiones en torno a la regulación de los servicios públicos

Para esta última entrada de la serie sobre regulación de los servicios públicos, nos gustaría hacer una reflexión en torno a los procesos de toma de decisión sobre las reglas o regulación.  Es usual que en estas tomas de decisión los usuarios no se encuentren representados, esto trae como consecuencia que la protección de sus derechos no se encuentre garantizada. Por tanto la regulación no cumple en muchos casos con sus objetivos primordiales. 

Son tres los temas básicos que se descuidan:

  1. El acceso a los servicios
  2. La equidad en los servicios
  3. La información, ya que los sistemas no son abiertos en la mayoría de los casos
Por otro lado, Según Miguel Solanes (1999) hay reclamos comunes entre los consumidores, entre ellos destacan los siguientes:
  1. Que los principios de prestación de servicios se homologuen a todos los servicios
  2. El criterio para la asignación de la empresa sea la del retorno razonable
  3. Que los entes reguladores publiquen bajo qué criterios se fijan las tarifas de los servicios
  4. La posibilidad de participación informada y oportuna en los debates 
  5. Se justifiquen las decisiones 
Cuando los individuos participan genuinamente en la toma de decisiones sobre algún asunto público, de forma transparente y democrática, se tiene a favor que buena parte de los acuerdo alcanzados serán cumplidos, incluso sin la necesidad en ocasiones de la existencia de códigos y reglamentos de carácter legal. 

En nuestro país es incipiente aún la regulación participativa. En general los procesos de inclusión de la ciudadanía en la toma de decisiones se encuentran aún en una fase inicial, exploratoria, por así decirlo.  Sin embargo, sociedades participativas y criticas es la aspiración para la construcción de un modelo de Estado más eficiente. 

En el siguiente video se aborda de manera amplia y sencilla la regulación de los servicios públicos. 


   


La terciarización de los servicios públicos municipales (2)

La pasada entrada analizamos qué es la terciarización de servicios públicos municipales y algunos datos sobre esta práctica para México. Aho...