viernes, 29 de enero de 2021

VII. Conceptos legales en la regulación de los servicios públicos.

Según Solanes (1999) en su proyección legal, las entidades encargadas de los servicios públicos están sujetas al control público en función del bienestar general. Este control se justifica por las condiciones monopólicas de muchos de los servicios que por su importancia; por un lado, como servicios esenciales para los consumidores y por otro por su importancia para la organización económicamente así como también por falta de otras opciones. 

En otras palabras, las empresas que suministran los servicios públicos sustituyen al Estado en la provisión de estos. Entonces se convierten en servidores públicos que desempeñan una función del estado y por consiguiente están sujetas a regulación.

Es importante mencionar que los conceptos legales de la regulación no son estáticos, van cambiando de acuerdo a las necesidades que se presenten en los contextos particulares. 

A continuación presentamos algunos de los conceptos más representativos: 

1. Redito del concesionario

Se refiere a los parámetros que determinan la rentabilidad total para el concesionario del servicio público y su vinculación con las tarifas o precios. Esta puede darse en forma de: 

  1. Control de los precios: Cuando la privatización, por su diseño, no se ve acompañada de competencia, hay necesidad de controlar los precios. 
  2. Tasas de retorno razonable:Se argumenta que ya que la empresa puede transferir sus costos de operación, no tiene incentivos para ahorrar dado que pueden cobrar el retorno sobre el capital invertido en el precio de los servicios públicos. Entonces, las empresas tendrán incentivos para sobre invertir. Por esta razón deben fijarse una taza adecuada de retorno razonable. 
  3. Sistema de precio máximo: Se fija un precio tope en función de la variación del indice de precios al consumidor al que se resta un ajuste en función del potencial de eficiencia. se entiende que el sistema sería temporal hasta que la competencia regulara los precios.
2.- La prestación de servicios públicos

Se refiere a que cuando ocurre el ingreso de los proveedores al servicio público, este debe encontrarse sujeto a autorización del Estado. Cuando estos servicios sean monopolios hay condiciones de prestación que deberán estar sujetas a seguimiento a fin de que el concesionario obtenga rentas monopólicas a costa de los usuarios. 

3.- Determinación del área de prestación de servicios

Esta debe basarse en dos objetivos primordiales:
  1. Asegurarse de no dejar áreas sin servicio;
  2. Crear áreas que permitan lograr economías de escala
4.- Obligaciones  genéricas de los concesionarios

  1. Atender a la totalidad de usuarios dentro de su área de servicio;
  2. Prestar servicio seguro y adecuado para satisfacer la demanda inmediata;
  3. atender a todos sin crear discriminaciones arbitrarias o injustas;
  4. cobrar un precio justo y razonable
 5.- Derechos genéricos de los concesionarios

  1. Protección legal de sus propiedad
  2. Derecho a cobrar un precio justo por sus servicios
  3. tasas de regulación a las que el servicio esta sujeto debe ser razonable;
  4. En algunos casos tienen el derecho a la protección de la competencia dentro de su área de servicio
Hay algunos otros temas que deben ser considerados en el estudio de la regulación de los servicios públicos. Sin embargo en las siguientes secciones buscaremos establecer reflexiones sobre casos particulares en relación a este tema tan interesante. 

En la siguiente sección abordaremos aspectos relacionados a la regulación y las instituciones 

 VIII.  Sobre las reglas y las instituciones


Bibliografía:


Solanes, Miguel (1999). Servicios públicos y Regulación. Consecuencias legales de las fallas de mercado, Serie recursos naturales e Infraestructura, No. 2, Santiago de Chile, CEPAL.

Los servicios públicos municipales ¿Cuál es su razón de ser económica?

En las pasadas entradas hablamos sobre qué son los servicios públicos municipales, cuál es su sustento jurídico y cuáles son sus distintas formas de gestión; incluso vimos un ejemplo práctico para el municipio mexicano de Tlalnepantla, Estado de México. Ahora es tiempo de explicar brevemente cuál su sustento económico; es decir, cómo la provisión de servicios públicos municipales ayuda a una mejor distribución de los recursos escasos. Para ello la teoría económica de las fallas del mercado nos ayudará al respecto.

En teoría económica las fallas de mercado son una asignación ineficiente de recursos por parte del mercado (Echenique, 2020); dentro de éstas, los bienes públicos son los que nos interesan. El esquema mostrado a continuación enumera cada una de ellas y cómo impactan a dos variables sociales clave de una economía: la eficiencia y la equidad.

Fuente: Elaboración propia con base en Stiglitz (2000)

Como mencionábamos los bienes públicos son aquellas fallas del mercado que más están relacionadas con la provisión de servicios públicos municipales, pero ¿en qué sentido? Comencemos por definir qué es un bien público. 

Los bienes públicos son aquellos cuyo consumo es no rival (si yo lo consumo, alguien más puede consumirlo al mismo tiempo) y que pueden ser o no exclusivos (es decir no puedo excluir a nadie de su consumo); Stiglitz (2002) habla de bienes públicos puros cuando un bien cumple con las dos características mencionadas. Las implicaciones económicas más importantes sobre este tipo de bienes es que su mera existencia conlleva, dadas sus particularidades, a un subconsumo o suministro insuficiente por parte del mercado (Stiglitz, 2000).

Si tratamos de relacionar el concepto de bienes públicos con la provisión de servicios públicos municipales nos daremos cuenta de que varios de éstos cumplen con las características mencionadas; veamos el caso más fehaciente: el del alumbrado público.

Al instalar una lámpara en una calle, ya sea en una muy transitada o una poco concurrida y prescindiendo sí un particular o un ente público es quien la provee, la luz de la lámpara alumbra a cualquiera que pase (su consumo es no rival); y no puedo excluir a nadie de su consumo (para ello tendría que cerrar la calle, o desarrollar un costoso mecanismo que detectara que sí alguien no ha pagado su cuota por el uso de la lámpara, ésta se apagara).

Como estos hay otros servicios públicos cuya provisión, por sus características económicas, es de suyo problemática. Por ello, el Estado interviene y los provee; pues de otra manera se consumiría menos (subconsumo) o el suministro sería poco para cubrir la demanda (insuficiencia).

Referencias: 

Stiglitz, Joseph E. (2000). La economía del sector público. 3ª edición, Antoni Bosch.

Echenique, X. (2020). Análisis de las fallas de mercado, visiones ortodoxas y heterodoxas, incluyendo J. Stiglitz, P. Krugman., y J. Tirole. Economía informa.



VI. Regulación social y económica

 


Ilustración tomada de Legalium
Ilustración tomada de Legalium 


La regulación juega un papel determinante en la provisión de servicios públicos. En este sentido, Solanes (1999) describe dos tipos; la regulación social y la regulación económica, mismas que se describen a continuación: 


Regulación social

Abarca los siguientes aspectos

 1. Información general

La regulación de la información es requerida porque los déficits de información dan lugar a fallas de mercado. Las mejoras de la información pueden mejorar los mercados e incrementar la eficiencia en la asignación de bienes y servicios. Por otro lado, la información es básica para nuestro ejercicio y protección de los derechos humanos. También tiene efectos distributivos y de protección de intereses públicos como la salud. En este sentido, la regulación de la información, establece qué información debe proveerse. 

Segun Solanes (1999) la legislación debe establecer penalidades serias, personales y solidarias con las compañías de servicios, por violaciones a las obligaciones en esta materia.

2.- Estándares y patrones

Las legislaciones pueden establecer diferentes tipos de patrones y estándares:

  • Los de resultado no suponen ningún tipo de requisitos para procesos o productos, pero si se derivan de ciertas consecuencias dañinas a partir de los procesos o los productos.
  • Los de performance: requieren condiciones de calidad en el abastecimiento, pero dejan libertad respecto de cómo cumplirlas

3. Regulación en un mercado o federación internacional

La proliferación de medidas regulatorias en un sistema integrado, con orígenes en cada  una de las unidades del sistema es un fenómeno que puede traducirse en barreras para el comercio

4. Aprobación previa

Es una técnica regulatoria que reconoce antecedentes en los gremios medievales, en sus prácticas monopólicas y en las patentes reales, aplicables a actividades también monopólicas.

5. Instrumentos económicos

Se trata de reemplazar o complementar la compulsión legal, con mecanismos basados en incentivo económicos.

6. Regulación privada

Aquella que se deriva del derecho privado a través de los sistemas de derechos inalienables, que prohíben el objeto de ciertos contratos, o imponen ciertas cláusulas en forma obligatoria, o que determinan que las reglas sobre compensación de daños prevalecen sobre los contratos privados de exoneración correspondientes.


Regulación económica

1. Propiedad pública

No es necesariamente una forma de regulación pero se la justifica por sus objetivos los        cuales pueden formar parte del tema regulatorio. 

2.  Las privatizaciones

Estas han respondido a distintos objetivos, como la mejora general de la economía,              reducciones del gasto y la intervención pública, la deuda externa, la falta de crédito público  y las mejoras en la eficiencia de las empresas, aparte de una motivación filosófica y otra    política.  

En el siguiente enlace podrás acceder a la sección 

VII Conceptos legales en la regulación de los servicios públicos

https://blogmariaeduardoiee.blogspot.com/2021/01/vii-conceptos-legales-en-la-regulacion.html


Bibliografía:

Solanes, Miguel (1999). Servicios públicos y Regulación. Consecuencias legales de las fallas de mercado, Serie recursos naturales e Infraestructura, No. 2, Santiago de Chile, CEPAL. 



La terciarización de los servicios públicos municipales (2)

La pasada entrada analizamos qué es la terciarización de servicios públicos municipales y algunos datos sobre esta práctica para México. Aho...